sábado, 11 de agosto de 2012

IMPUTADA UNA EMPLEADA DE LIPASAM POR CONDUCIR EBRIA Y CAUSAR UN ACCIDENTE


La trabajadora provocó una colisión en cadena al volante de un vehículo de la empresa durante su jornada de trabajo
La Policía Local ha abierto diligencias contra una empleada de la empresa municipal de limpieza (Lipasam) que presuntamente provocó un accidente cuando circulaba ebria con un vehículo de la empresa en su turno de trabajo. El siniestro ocurrió sobre las diez y media de la mañana del pasado martes 7 de agosto en la avenida del Deporte, en Sevilla Este, muy cerca de una de las sedes de Lipasam. 

Esta trabajadora causó una colisión en cadena al embestir por detrás a un coche que se encontraba detenido en un semáforo en rojo, según manifestaron a este periódico fuentes judiciales. Este vehículo, a su vez, impulsado por el golpe, impactó contra otro turismo que aguardaba delante a que el semáforo se pusiera en verde. El accidente no causó lesiones a ninguno de los implicados, pero sí se saldó con daños de consideración en los tres vehículos implicados. 

Una dotación de la Policía Local fue avisada del accidente y se presentó instantes después del mismo en el lugar de los hechos. Allí los agentes comprobaron que la conductora de la furgoneta de Lipasam presentaba claros síntomas de ebriedad. La mujer fue invitada por los policías a realizar la prueba de alcoholemia, que hizo de manera voluntaria, y en la que arrojó una tasa de 0,90 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Esta medición es casi cuatro veces superior a la permitida para circular, que es de 0,25. 

Los policías tomaron declaración a la mujer y le imputaron la presunta autoría de un delito contra la seguridad vial. Con la tasa que dio, la conductora podría haber sido detenida por los policías, ya que la ley de tráfico permite la detención a partir de una tasa de 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. A partir de esta medición el hecho de circular bebido, aunque no se haya causado ningún accidente, ya se considera un delito contra la seguridad vial. De esta forma, una persona que sea sorprendida con una tasa superior a 0,60 en un control rutinario de alcoholemia puede ser trasladada a la comisaría en calidad de detenida y no ser liberada hasta que así lo ordene el juez que se haga cargo del caso. 

En este caso, sin embargo, los agentes municipales entendieron que no existía ningún tipo de riesgo de fuga ni de oposición alguna a la instrucción del atestado en la conducta de la trabajadora de limpieza, que colaboró en todo momento con los agentes. Por ello, éstos finalmente sólo le tomaron declaración en calidad de imputada antes de trasladar el caso a disposición judicial. 

Un juzgado de Sevilla ha abierto ya diligencias sobre el caso e investigará la conducta de la empleada de Lipasam. Este accidente con un vehículo de titularidad pública tiene un precedente similar en el caso de un mando de la Policía Nacional que se saltó un semáforo en rojo en la Barqueta y colisionó contra un turismo, causando lesiones graves a la joven que conducía este vehículo, que sufrió fracturas en las piernas. En aquella ocasión, el agente también fue sometido a la prueba de alcoholemia y también arrojó una tasa casi cuatro veces superior a la permitida. A diferencia de este caso, el policía no estaba trabajando en el momento del accidente, pero sí estaba haciendo uso de un vehículo oficial de la Jefatura.

diariodesevilla.es