Sentencia,
de 21 de Enero de 2009, dictada por la
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Catalunya. –
Comentada por: M. Elena Torres Cambra. Abogado.
El
procedimiento se inicia en virtud demanda interpuesta por Catalina nacida el
25.02.57, en reclamación de recargo de prestaciones por falta de medidas de
seguridad. Dicha trabajadora ha venido prestando sus servicios, como auxiliar
administrativa –personal estatutario-, para el Institut Català de la Salut (ICS), en la segunda
planta del Centre d´Atenció Primaria (CAP) de Tarragona. Entre los meses de
octubre del 2003 a
noviembre 2004, sufrió diversos procesos de incapacidad temporal por presentar
múltiples síntomas en la lengua, paladar, nariz, ojos, alteración del sueño,
piel, extremidades, aparato digestivo, muchos de ellos propios de una reacción
alérgica. Con fecha 12. de Diciembre del 2005, el Instituto Nacional de la Seguridad Social
determina, en expediente de determinación de contingencia, que los procesos de
incapacidad temporal derivan de accidente de trabajo, siendo el diagnóstico de
“síndrome de fatiga crónica e hipersensibilidad química múltiple”. El 3 de
Julio del 2006 –con 49 años de edad-, a la actora se le reconoce una
Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de administrativa,
derivada de accidente de trabajo, con el siguiente cuadro residual:
“Hipersensibilidad química múltiple. Fibromialgia grado III. Síndrome de fatiga
crónica grado II. Tiroiditis autoinmune. Síndrome disrupción endocrina
múltiple”.
El 10 de Marzo del 2003, el Institut Català dela Salut (ICS) concertó con
“Comercial, SCP” la desratización y desinsectación de varios Centros de
Atención Primaria (CAP), entre ellos, el de la reclamante, debiendo realizar
cuatro revisiones anuales más las actuaciones necesarias para controlar las
plagas de insectos y ratas/ratones. Consta acreditado que dicha empresa ya
venía prestando el mismo servicio para el ICS desde el año 1998 de forma
ininterrumpida.
En el año 2003, la empresa “Comercial, SCP” realizó tres intervenciones en el CAP de la actora: 1). El 26 de abril, una aplicación general para todas las dependencias; 2). El sábado 18 de Octubre a las 15.00 horas, a petición del personal de las dependencias de radiología sitas en la planta baja, empleando “Voltilac” –laca insecticida ambiental conteniendo clorpirifós –insecticida organofosforado- y “praletina” –insecticida piretoide-; 3). El sábado 8 de Noviembre a las 15.00 horas, a igual requerimiento y repasando, además, otras plantas, empleando “Garant-OL-HP” –insecticida piretroide-. Posteriormente, se encontró un bote de “Fumigol Humo120”
–plaguicida carbamato-, en el bajante que llega a la sala de máquinas del subterráneo,
y otros dos oxidados en los huecos de los bajantes que acaban en la planta
superior. La empresa no informó de la utilización de este último producto hasta
su comparecencia ante la
Inspección de Trabajo el 16 de Febrero del 2004. Según su
declaración, el 8 de Noviembre se emplearon tres botes de “Fumigol Humo 120” , uno en la zona de taller
del subterráneo, y otros dos en los huecos de bajantes. Uno de estos botes cayó
al fondo del hueco más cercano a la puerta de acceso a la planta primera. Este
hueco o conducto de servicio tiene salida por una puerta que se halla junto al
mostrador de atención al usuario donde trabajan la mayoría de las afectadas por
reacciones alérgicas, y al falso techo de la segunda planta, espacio que carece
de la ventilación adecuada. El bote hallado estaba indicado para un volumen de
350m3. habiéndose repartido en 220m3., lo que supone una concentración cuatro
veces superior a la recomendada por el fabricante.
Los productos utilizados en las fumigaciones de 18 de Octubre y 8 de Noviembre precisaban, un plazo de espera, por seguridad, de 12 horas para el “Garant-OL-HP” y 24 horas para “Voltilac” y “Fumigol Humo120” , así como mantener una
ventilación adecuada. Dado que dichas aplicaciones se efectuaron en sábado, no
abriendo el centro durante el domingo, transcurrieron más de 24 horas entre la
aplicación y la entrada del personal el lunes siguiente. Sin embargo, tras las
fumigaciones, no se ventilaron las instalaciones. Las ventanas estaban
cerradas, no estando a disposición de los trabajadores las manetas de apertura.
Además, el sistema de ventilación de la segunda planta era forzado, entrando el
aire desde el patinejo donde se encontró el bote de “Fumigol Humo 120” . En las fumigaciones
reseñadas intervinieron cuatro trabajadores con categoría profesional de
aplicador, y teniendo sólo dos de ellos el carnet de aplicador de tratamientos
de DDD, los cursos de capacitación homologados y formación en materia de
prevención de riesgos laborales.
A la fecha de las fumigaciones, el ICS carecía de una evaluación de riesgos laborales, de un plan de actuación preventiva del Centro, de un procedimiento para la coordinación de la actividad preventiva con la empresa fumigadora y de un procedimiento escrito para casos de fumigaciones. Además, el ICS no daba cuenta de las fumigaciones a su Servicio de Prevención ni informaba a sus trabajadores de las mismas. Tampoco solicitaba a su Servicio de Prevención una valoración de los riesgos derivados de las fumigaciones a realizar.
La Sentencia dictada por el
Juzgado de lo Social establece el recargo de prestaciones en un 30%, el cual es
aumentado al 40% por la Sala
de lo Social al apreciar la infracción del ICS como grave.-
El 10 de Marzo del 2003, el Institut Català de
En el año 2003, la empresa “Comercial, SCP” realizó tres intervenciones en el CAP de la actora: 1). El 26 de abril, una aplicación general para todas las dependencias; 2). El sábado 18 de Octubre a las 15.00 horas, a petición del personal de las dependencias de radiología sitas en la planta baja, empleando “Voltilac” –laca insecticida ambiental conteniendo clorpirifós –insecticida organofosforado- y “praletina” –insecticida piretoide-; 3). El sábado 8 de Noviembre a las 15.00 horas, a igual requerimiento y repasando, además, otras plantas, empleando “Garant-OL-HP” –insecticida piretroide-. Posteriormente, se encontró un bote de “Fumigol Humo
Los productos utilizados en las fumigaciones de 18 de Octubre y 8 de Noviembre precisaban, un plazo de espera, por seguridad, de 12 horas para el “Garant-OL-HP” y 24 horas para “Voltilac” y “Fumigol Humo
A la fecha de las fumigaciones, el ICS carecía de una evaluación de riesgos laborales, de un plan de actuación preventiva del Centro, de un procedimiento para la coordinación de la actividad preventiva con la empresa fumigadora y de un procedimiento escrito para casos de fumigaciones. Además, el ICS no daba cuenta de las fumigaciones a su Servicio de Prevención ni informaba a sus trabajadores de las mismas. Tampoco solicitaba a su Servicio de Prevención una valoración de los riesgos derivados de las fumigaciones a realizar.