domingo, 18 de noviembre de 2012

JURISPRUDENCIA: UN JUZGADO DE SEVILLA OBLIGA A LA JUNTA A DAR A DOS TRABAJADORES LAS VACACIONES DE HACE TRES AÑOS


El fallo señala que, de haber imposibilidad material, se las paguen
Sufrieron un accidente con la ambulancia en la que trabajaban para el SAS
La Junta no permite que su personal tome vacaciones fuera del año natural
Un juzgado de Sevilla ha reconocido el derecho de dos trabajadores de la Junta a disfrutar de sus vacaciones fuera del año natural al que correspondan dado que no pudieron tomarlas en su momento al encontrarse de baja laboral como consecuencia de un accidente de trabajo.
Los trabajadores L.M.V. y M.M.C., enfermera y conductor, sufrieron un accidente con la ambulancia con la que trabajaban en el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y la administración les negó, en abril de 2010, el derecho a disfrutar entonces de sus vacaciones y días de libre disposición correspondientes al año 2009.
El juzgado de lo contencioso-administrativo 12, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, anula dicha resolución y ordena al SAS que les permita tomar ahora sus vacaciones de hace tres años y, en caso de "imposibilidad material" para hacerlo, que sean compensados económicamente con el equivalente a sus retribuciones salariales.
El abogado de los trabajadores, Antonio Ortiz Carrasco, ha explicado a Efe que esta resolución, que es recurrible, se puede aplicar a todos los funcionarios o personal laboral de la administración.
En este caso, el SAS, en un criterio seguido por todas las consejerías de la Junta, no concede vacaciones a sus trabajadores mientras no se disfruten dentro del año natural al que correspondan, y esa condición es "taxativa y no admite circunstancias especiales", según el letrado.
Por ello, muchos trabajadores "han tenido que soportar el no poder disfrutar de sus vacaciones cuando es un derecho recogido por nuestra Constitución, por la normativa europea, la Organización Internacional del Trabajo y por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea".
Su criterio jurídico ha sido admitido ahora por el juez de lo contencioso, quien ha reconocido a la enfermera y al conductor de ambulancias el disfrute de sus vacaciones de 2009.
Pese a que han transcurrido tres años, ambos podrán tomarse los 21 y 18 días de vacaciones, respectivamente, que les quedaban cuando sufrieron el accidente y quedaron en situación de baja laboral.
http://www.elmundo.es/elmundo/2012/11/17/andalucia_sevilla/1353167313.html