viernes, 19 de abril de 2013

DIVULGATIVOS: TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE: LAS ENFERMEDADES DE LARGA DURACIÓN QUE IMPLIQUEN LIMITACIONES SE CONSIDERARÁN DISCAPACIDAD –



Los trabajadores que padezcan limitaciones físicas o mentales por enfermedades de larga duración tendrán los mismos derechos laborales que los discapacitados 

La sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la UE aclara el concepto de "discapacidad" y señala que los empleadores deben tomar "medidas de ajuste" como la relativa a la reducción de la jornada laboral para procurar que las personas discapacitadas puedan acceder al empleo o mantener su puesto de trabajo.

La Corte de Luxemburgo se pronunció así sobre el litigio iniciado por el sindicato de trabajadores danés HK Danmark, que interpuso demandas de indemnización para dos trabajadoras por su despido mediante el procedimiento de "preaviso abreviado", contemplado por la legislación laboral danesa.

Esta normativa dispone que un empleador puede poner fin a un contrato de trabajo con un preaviso de un mes, si el trabajador en cuestión ha estado de baja por enfermedad, manteniendo su remuneración, durante 120 días en los últimos doce meses.


http://www.hispacolex.com/01noticias.php?id=358