jueves, 31 de enero de 2013

DIVULGATIVOS: Calendarios de Vacunación



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LA GRIPE YA HA ALCANZA NIVELES DE EPIDEMIA EN OCHO AUTONOMÍAS


La mayor incidencia se da en Aragón, Asturias, Canarias, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid, País Vasco y Melilla

Los pediatras están atendiendo a entre dos y tres niños cada cinco minutos


La gripe sigue extendiéndose por España. Ya son ocho las comunidades autónomas en las que el virus ha alcanzado los niveles de epidemia: Aragón, Asturias, Canarias, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid y País Vasco. A ellos se suma Melilla, según el Sistema de Vigilancia de la Gripe elaborado por el Instituto de Salud Carlos III (Madrid), que este jueves ha ofrecido los datos de la semana pasada (21 al 27 de enero).
Para que se pueda hablar de situación epidémica –que no es más que una acumulación de infecciones-, la incidencia debe ser superior a los 67,8 casos por 100.000 habitantes (una referencia que se fija a partir de la evolución de la enfermedad a lo largo de las once temporadas precedentes). Los últimos datos registran 156,73 casos en España, frente a los 95,35 de la semana anterior. Pero, además, deben darse otras condiciones, como, explica Oscar Zurriaga, jefe de servicio de Estudios Epidemiológicos y Vigilancia Sanitaria de la Consejería de Sanidad valenciana. Por ejemplo que la difusión del virus sea generalizada en el territorio y no obedezca a brotes muy localizados.

La presencia del virus es local en Andalucía, Baleares, Cantabria, Navarra y Ceuta, y esporádica en el resto del país. Los índices más bajos se han registrado en Castilla y León.
El año pasado por las mismas fechas, la enfermedad había alcanzado mayores niveles de difusión. La situación era de epidemia en toda España excepto Baleares, Cantabria, Extremadura, Navarra y Melilla. Frente a los 156 casos por 100.000 habitantes de la semana pasada, la difusión se encontraba en 196 casos.
Los pediatras están atendiendo "a dos o tres niños cada cinco minutos" durante la epidemia de gripe, según ha indicado este jueves la presidenta de la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (AEPap), Begoña Domínguez, en declaraciones recogidas por Europa Press. Esta situación obedece al aumento de la presión asistencial y a que los pediatras no cuentan con sustitutos por los recortes de personal, lo que les lleva a doblar consultas. “Es bastante incompatible con la calidad asistencial”, ha señalado Domínguez.
El informe destaca un aumento significativo de la incidencia en los menores de 15 años, por tercera semana consecutiva. Esta franja de edad suele ser una de las que más casos registran especialmente al comienzo de la temporada de contagios. No solo porque la concentración de los menores en colegios facilita la transmisión del virus. También porque no son un grupo objetivo de las campañas de vacunación, al no tratarse de población de riesgo.
Existen dos grandes familias del virus de la gripe: el A y el B, con distintos subtipos. El mayoritario en estos momentos es el de la gripe B, excepto en Madrid y Canarias.
http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/01/31/actualidad/1359646283_643021.html

DIVULGATIVOS: España, en el furgón de cola de la natalidad de Europa

España, en el furgón de cola de la natalidad de Europa



BREVES DE ACTUALIDAD: EL SUPREMO CONDENA A LA JUNTA POR CREAR PUESTOS DE PERSONAL LABORAL


Una sentencia da la razón al Sindicato Andaluz de Funcionarios, que pleiteó contra la Consejería para la Igualdad

Nuevo revés judicial para la Junta de Andalucía relacionado con la función pública. El Supremo ha dictado una sentencia firme por la que anula los 14 puestos de personal laboral, creados por la extinta Consejería de Igualdad y Bienestar Social, que se podrían haber cubierto por funcionarios.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), según ha informado en un comunicado, recurrió la modificación de la relación de puestos de trabajo (RPT) de la antigua Consejería de Igualdad y Bienestar Social, Decreto 3002/2007, en la cual se creaban 14 puestos de trabajo para personal laboral, cuando existían cuerpos de funcionarios públicos para poder realizar dichas funciones.
El Tribunal Supremo, en sentencia firme de 21 de diciembre de 2012 y condenando en costas a la Junta de Andalucía, anula la creación de dichos puestos ya que el carácter general establecido legalmente (artículo 15.1.c de la Ley 30/84, como el artículo 12.2 de la Ley 6/85) ha de imponerse que el personal de la función pública quede sujeto al sistema funcionarial, reservándose el laboral a categorías de puestos determinados con carácter excepcional.
La Administración argumentaba que la modificación de la RPT de Igualdad suponía una adaptación a las nuevas necesidades, dado que han incorporado nuevos centros y se han ampliados otros. También se estimó oportuna dicha modificación para adecuarla a la mejora asistencial en los centros residenciales para personas mayores.
Pero para el Supremo, asegura SAF, esta justificación no supone que se motive el carácter de laboral de los puestos de trabajo, ya que una referencia genérica a la reestructuración de la RPT con la creación de nuevos puestos, pero no existe referencia concreta a cada puesto de trabajo, con las funciones propias atribuidas y la justificación de que, ante el requerimiento de conocimientos técnicos especializados, o existan Cuerpos de funcionarios cuyos miembros tengan la preparación específica para su desempeño. Precisamente esta falta de motivación y justificación determina su anulación definitiva.
Esta sentencia, asegura SAF, vuelve a poner sobre la mesa "la dificultad que parece suponer al Gobierno andaluz construir una función pública que no esté al servicio de intereses individuales y políticos. La gestión económica y la política de empleo de la Junta -añade- se alejan de una Administración pública transparente, independiente, en la que su actividad esté sometida al imperio de la Ley y donde los garantes de los derechos de los ciudadanos sean los funcionarios públicos. Una clara muestra es la ley del enchufismo, que día a día está siendo derribada por las innumerables sentencias en su contra".
http://www.abcdesevilla.es/andalucia/20130131/sevi-supremo-anula-laboral-201301310955.html#.UQo-oDQTLcA.twitter

DIVULGATIVOS: MÁS DE 8.400 CONTRATOS TEMPORALES PASAN A SER INDEFINIDOS EN ANDALUCÍA EN 2012 GRACIAS A LA INSPECCIÓN DE TRABAJO


En 2013, los inspectores prevén realizar más de 102.000 actuaciones, de las que un 44,4% serán para detectar economía irregular

SEVILLA, 30 (EUROPA PRESS)
La labor de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, coordinada en Andalucía por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y adscrita al Gobierno central, logró durante el pasado año 2012 convertir en indefinidos un total de 8.424 contratos temporales en la comunidad andaluza.
Así se desprende de los resultados del Plan de Inspección 2012 que ha desglosado este miércoles el secretario general de Empleo de la Junta, Antonio González Marín, en el marco de la reunión que la Comisión Consultiva Tripartita en materia de Inspección de Trabajo y Seguridad Social --integrada por la Junta, la dirección territorial de la Inspección de Trabajo y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas--, ha celebrado y en la que también se han abordado la planificación de las líneas estratégicas para 2013.
Además, según los datos difundidos por la Consejería en una nota, durante 2012, los inspectores de trabajo llevaron a cabo en Andalucía un total de 102.257 actuaciones, de las que un 41 por ciento --un total de 42.194-- se centraron en el control de la economía irregular; el 22,8 por ciento --23.343-- en el bloque de seguridad social; el 19,1 por ciento -- 19.558-- en el eje de prevención de riesgos laborales; y 13.948, en el bloque de empleo y relaciones laborales.
De esas 13.948, más de 2.180 actuaciones se centraron en controlar la contratación temporal y fueron las que sirvieron para convertir en indefinidos un total de 8.424 contratos temporales, 4.877 de ellos ocupados por mujeres, y 3.547 por hombres. Además, como resultado de esta labor, se registraron un total de 1.285 infracciones por un importe superior a los 4,4 millones de euros, y se iniciaron 4.156 requerimientos.
Igualmente, la Inspección ordenó en Andalucía un total de 19 paralizaciones de la actividad laboral por "riesgo inminente" y registró 2.599 infracciones en materia de seguridad laboral, lo que ha provocado la puesta en marcha de 18.302 requerimientos. Del total de 19.558 actuaciones llevadas a cabo en este bloque, "más de 14.000" se centraron en el control de las condiciones de seguridad en el trabajo.
PLAN DE INSPECCIÓN 2013
De cara a este año 2013, la Inspección de Trabajo prevé dedicar "más de la mitad" de sus actuaciones a "hacer aflorar la economía sumergida derivada de la crisis económica, la vigilancia y control de las condiciones de seguridad laboral", al tiempo que tratará de "reforzar el control de la contratación temporal sin causa y la lucha contra el fraude".
En total, el Plan de Inspección 2013 contempla la realización de 102.570 actuaciones en el marco de cuatro grandes bloques; en concreto, "prevención de riesgos, empleo y relaciones laborales, seguridad social y economía irregular y trabajo de extranjeros".
Concretamente, el 44,4 por ciento de las actuaciones previstas --un total de 45.550-- estarán centradas en detectar la economía irregular a través de una "intensificación" de las campañas "en todos los sectores y en función de la situación socioeconómica de cada provincia", si bien la mayoría de las acciones previstas se llevarán a cabo en las actividades relacionadas con el comercio, la hostelería, los servicios y la construcción.
De igual modo, la "vigilancia y control" de las condiciones de trabajo y de seguridad laboral será en 2013 "un pilar fundamental" de la acción inspectora, hasta el punto de que están programadas un total de 22.056 actuaciones en el bloque de prevención de riesgos laborales, de las que "más de un 80 por ciento" tiene como objetivo "la comprobación de las condiciones en las que se desarrolla la prestación de servicios por los trabajadores por cuenta ajena".
En este eje, el plan distribuye el trabajo entre 5.613 acciones en el sector de la construcción --lo que supone un doce por ciento menos que el pasado ejercicio, algo que la Junta achaca al "descenso de actividad" en el sector-- y 6.808 en el resto de sectores.
Además, el área de prevención contempla también 925 visitas para vigilar la gestión de la prevención a través de programas como el 'Paemsa', un plan de control directo sobre las empresas de mayor siniestralidad en Andalucía, entre otros.
A ello se sumarán las 1.955 actuaciones en investigación y comunicación de accidentes laborales, tanto graves y mortales como leves, y otras 178 actuaciones para investigar enfermedades profesionales.
ACTUACIONES EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES
Por otra parte, en el bloque referente a empleo y relaciones laborales, la Inspección mantendrá durante 2013 "el mismo número" de actuaciones que el pasado ejercicio, con el objetivo de "evitar un retroceso en el cumplimiento de la normativa en el ámbito del empleo y las relaciones laborales en el actual contexto económico".
En total, en este apartado están planificadas 13.110 acciones, 3.459 de ellas para el control del fraude en la contratación, en las que se "potenciará" la transformación en indefinidos de contratos temporales sin causa; 2.180 para vigilar las condiciones de trabajo --observando la discriminación que pueda registrarse por "razones distintas de género o tiempo de trabajo"-- y 723 para "comprobar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, tanto en el acceso al empleo como la no discriminación dentro de las relaciones laborales", y la vigilancia de las medidas para evitar el acoso sexual en los centros de trabajo.
Por último, y como cuarto eje, en materia de Seguridad Social, la Inspección contempla "al menos 18.909 actuaciones", en las que "predomina la lucha contra el fraude en la cotización; la persecución de las prestaciones indebidamente percibidas o el control de empresas ficticias".
http://www.que.es/sevilla/201301301615-8400-contratos-temporales-pasan-indefinidos-epi.html

LAS INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES LABORALES SE ACTUALIZAN, PERDER LA NARIZ SUPONE 8.000 EUROS


El baremo de indemnizaciones de accidentes laborales se ha actualizado un 19,7% conforme al IPC.
La pérdida de una nariz supone una indemnización de casi 8.000 euros y los dedos de una mano desde 540 euros hasta los 2.870 euros.
EUROPA PRESS
Perder la nariz en accidente laboral o enfermedad profesional se indemniza con 7.940 euros, y la pérdida de las dos orejas, con 3.830 euros, según el nuevo baremo de indemnizaciones, a tanto alzado, de lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo y no causantes de invalidez permanente provocadas por siniestros laborales o enfermedades profesionales.
Este nuevo baremo se recoge en una Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en la que se explica que las cuantías de estas indemnizaciones se han actualizado un 19,7%, conforme a la evolución del IPC desde diciembre de 2004 hasta diciembre de 2011.
La última actualización de estas cantidades se produjo en abril de 2005, cuando el baremo se actualizó de acuerdo con el comportamiento del IPC entre los años 1991 y 2004.
La Ley General de la Seguridad Social establece que las lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo causadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que no supongan una incapacidad permanente para el trabajador, pero sí una disminución o alteración de su integridad física, se indemnizarán, por una sola vez, con un cantidad a tanto alzado, que debe ser pagada por la entidad obligada al pago de las prestaciones de incapacidad permanente, y todo ello sin perjuicio de que el trabajador continúe al servicio de la empresa.
En la Orden, que entrará en vigor mañana con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2013, se contemplan indemnizaciones para órganos y partes de la cabeza y la cara, del aparato genital, de glándulas y vísceras, de miembros superiores e inferiores, y de otras cicatrices no incluidas en los apartados anteriores.
La nariz es la parte de la cara que más se valora, con una indemnización de 7.940 euros por su pérdida. Les siguen las dos orejas, con 3.830 euros (la pérdida de una sola se indemniza con 1.810 euros), así como las deformaciones en el rostro que afecten gravemente a la estética facial o impidan alguna de las funciones de los órganos externos de la cara, que se indemnizan con entre 1.920 y 7.940 euros.
Por su parte, la disminución de la agudeza visual en un ojo se puede llegar a indemnizar con entre 1.140 y 1.920 euros, y en los dos ojos, con 2.420 euros.

Más de 6.000 euros por los testículos

En cuanto al aparato genital, la pérdida anatómica o funcional de un testículo en accidente laboral o enfermedad profesional se indemniza con 2.840 euros, mientras que la indemnización por la pérdida de los dos testículos alcanza los 6.380 euros.
Asimismo, la pérdida parcial del pene, teniendo en cuenta la medida en que afecte a la capacidad para el coito y a la micción, se indemniza con entre 2.420 y 4.820 euros, en tanto que la pérdida total del pene alcanza los 6.810 euros de indemnización.
Por su parte, la pérdida anatómica o funcional de un ovario se indemniza con 2.840 euros, y la de los dos, con 6.380 euros, mientras que la pérdida de una mama cuenta con una indemnización de 2.560 euros, y la de las dos, con 5.460 euros. También se especifica que la indemnización por perder el bazo asciende a 2.420 euros y la de un riñón, a 4.260 euros.
En cuanto a los dedos de la mano, la cuantía depende de si se trata de los del lado izquierdo o derecho y de las falanges afectadas. En este apartado las indemnizaciones van desde los 540 euros hasta los 2.870 euros. En los dedos del pie, las indemnizaciones pueden ser de entre 500 y 2.240 euros, dependiendo de si se trata de una pérdida total o parcial y del dedo del que se trate.
La Orden también fija las indemnizaciones por anquilosis de dedos, codos, muñecas y rodillas; rigideces articulares de hombros, codos, antebrazos, rodillas y dedos; acortamientos, y otras cicatrices y lesiones, cuyas indemnizaciones dependerán de las perturbaciones funcionales que produzcan.
http://noticias.lainformacion.com/mano-de-obra/salud-y-seguridad-laboral/las-indemnizaciones-por-accidentes-laborales-se-actualizan-perder-la-nariz-supone-8-000-euros_FHKzX5QKPchpruJZEjLVI3/


miércoles, 30 de enero de 2013

DIVULGATIVOS: FRANCIA SUSPENDE LA VENTA DE DIANE 35


Este medicamento contra el acné se usa también como anticonceptivo y su consumo está vinculado a la muerte de cuatro mujeres

La Agencia Nacional francesa de Seguridad de los Medicamentos (ANSM) anunció este miércoles que ha decidido suspender la autorización de la venta del Diane 35, un medicamento del laboratorio Bayer contra el acné usado también como anticonceptivo y cuyo consumo está vinculado a la muerte de cuatro mujeres.
En España, se comercializa Diane 35 para el tratamiento del acné agresivo, hirsutimo y alopecia androgénica en mujeres, aunque desde hace siete años no se prescribe como anticonceptivo «por el riesgo de tromboembolismos», apuntan a ABC desde el Ministerio de Sanidad. «Se usa como tratamiento contra el acné de forma muy protocolizada y bajo supervisión endocrina», señalan las mismas fuentes, que recomiendan a los usuarios que tengan dudas consultar con su médico.
La medida contra ese producto y todos sus genéricos entrará en vigor en Francia dentro de tres meses, y hasta entonces se indicó que aquellas pacientes que lo estén utilizando pueden continuar el tratamiento y consultar con su médico qué opciones se ajustan más a su situación.
El director de la ANSM, Dominique Maraninchi, señaló este miércoles en conferencia de prensa que los especialistas deben dejar de recetarlo y que los farmacéuticos, a la espera de que sea efectiva la prohibición de su venta, deben facilitar el medicamento en las dosis justas para evitar una ruptura total del tratamiento, informa Efe.
La ANSM había indicado este lunes que la muerte de cuatro mujeres, en una fecha que no se precisó, es imputable a una trombosis venosa ligada al consumo de ese producto, autorizado en 135 países y comercializado en 116.
El Diane 35, cuya comercialización en Francia se remonta a 1987, está indicado para combatir el acné femenino, pero su efecto de inhibición de la ovulación ha hecho que sea utilizado también como método anticonceptivo.
«No es una píldora y no debe recetarse como tal», subrayó hoy Maraninchi, recalcando que en la revisión que su agencia ha realizado sobre el producto no se han encontrado datos suficientes que garantizaran su eficacia para tal fin.

Multiplica por 4 el riesgo de trombo

El representante de ese organismo añadió que entre los expertos volcados en este caso hubo divergencias sobre el tipo de acné para el que es más apropiado y se concluyó que su consumo podía multiplicar por cuatro el riesgo de sufrir una enfermedad tromboembólica.
Aunque la ANSM precisó que esa posibilidad va asociada a otros factores de riesgo y no exclusivamente a la toma del Diane 35, apuntó que dentro del contexto mencionado se ha apostado por retirar la autorización de su venta y alertar al resto de organismos europeos homólogos sobre la «inminencia» de la decisión.
La alerta desatada en torno a este producto llega después de que el Gobierno francés decidiera este mes recomendar a los médicos la prescripción de píldoras de segunda generación frente a las de tercera y cuarta -que tienen una composición distinta- con el fin de minimizar el riesgo de trombosis.
En ese caso en concreto, la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), responsable de la evaluación científica de los medicamentos que se comercializan en Europa, aseguró que no había razones para que ninguna mujer dejara de tomar píldoras anticonceptivas combinadas, al considerar que no hay nuevas pruebas de que puedan plantear riesgos para la salud.
http://www.abc.es/sociedad/20130130/abci-francia-suspende-anticonceptivo-diane35-201301301305.html

BREVES DE ACTUALIDAD: LA AUDIENCIA NACIONAL DUDA DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE SUPRIMIR LA PAGA EXTRA A LOS FUNCIONARIOS


El tribunal deja en manos de la Fiscalía la posibilidad de llevar el asunto al Tribunal Constitucional


La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional duda de que la supresión de la paga extra a los funcionarios sea constitucional y deja en manos de la Fiscalía la posibilidad de llevar el asunto al Tribunal Constitucional.

La Audiencia entiende que se ha podido vulnerar el derecho constitucional que garantiza la imposibilidad de aplicar retroactivamente medidas restrictivas de derechos individuales.
En una providencia en contestación a un recurso planteado por sindicatos de funcionarios, la Sala indica que, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, las gratificaciones extraordinarias constituyen una manifestación del salario diferido y se devengan día a día y, por ello, el Gobierno no podría suprimir la paga completa en julio con efectos retroactivos a todo el año.
«En la medida en que la norma suprime el derecho de los trabajadores a percibir cuantías ya devengadas, expresamos nuestras dudas sobre su ajuste constitucional», recalcan los magistrados. Se refiere al artículo 2 del real decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, que establece la deducción de retribuciones en las cuantías que correspondía percibir el pasado mes de diciembre como consecuencia de la eliminación de la paga extra de Navidad.
La eliminación de la paga extraordinaria «sin excepción alguna respecto de la parte que ya se hubiera devengado a la fecha de su entrada en vigor, el 15 de julio de 2012» podría vulnerar el artículo 9.3 de la Constitución, que garantiza la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales.
Las partes personadas y la Fiscalía deberán respondan, en el plazo de diez días, si procede plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
http://www.abc.es/espana/20130130/abci-constitucionalidad-paga-201301301329.html

DIVULGATIVOS: EL SAS DEBE 583 MILLONES POR LOS MEDICAMENTOS DE LOS HOSPITALES


Andalucía es, detrás de Madrid, la comunidad que más impagos arrastra en 2012 con la industria farmacéutica, según la patronal

Más de 583,3 millones de euros. Es la factura millonaria que tiene pendiente de pagar el Servicio Andaluz de Salud (SAS) a la industria farmacéutica por el suministro de medicamentos a hospitales. La comunidad autónoma andaluza ha sido una de las que más ha reducido su débito, hasta un 61,7 por ciento sobre la deuda acumulada en 2012, según los datos recopilados por Farmaindustria. Sin embargo, sigue siendo la segunda región que más impagos acumula después de la Comunidad de Madrid (598,9 millones de euros).

Según los datos recogidos por la patronal farmacéutica entre sus asociados, a fecha de 31 de diciembre de 2012, esta deuda supone la acumulada durante el pasado año más la que arrastran de cierres anuales anteriores y que aún no ha sido compensada dentro del plan de pago a proveedores impulsado por el Gobierno central.
Por otro lado, la Junta de Andalucía tarda una media de 282 días en pagar a la industria farmacéutica, por encima del plazo medio en el conjunto de las comunidades, que se encuentra en 261 días. La región que más se demora en los pagos es la Comunidad Valenciana (372 días). Las comunidades que más han reducido su periodo de pago han sido Castilla y León, Baleares y Cantabria, que superaban en 2011 los 800 días y que contemplan una reducción superior al 70 por ciento con respecto a 2011.
De los 6.369,3 millones que se debía a las compañías farmacéuticas al cierre de 2011, señalan que el plan de proveedores ha satisfecho el 96 por ciento de la deuda; el resto (140 millones de euros) se han sumado a los datos a cierre de 2012. No obstante, se destaca una reducción de la deuda del 49,55 por ciento con relación al año anterior.
La comunidad que más deuda acumula es Madrid, que debe 598,9 millones de euros, un 21,43 por ciento menos que en 2011; le sigue Andalucía con 583,3 millones; y, en tercer lugar, la Comunidad Valenciana, con una deuda de 530,1 millones, aunque el acumulado con respecto a 2011 se ha reducido un 58,98 por ciento. A continuación, está Cataluña, que adeuda 271,4 millones de euros, un 7,57 por ciento más que a registro de 2011; Galicia, con 268,7 millones, un 1,51 por ciento más que el año anterior; Castilla-La Mancha con 172,9 millones, lo que supone rebajar la deuda un 57,64 por ciento, y Castilla y León, con una deuda de 145,6 de euros.

Gasto farmacéutico

Por otro lado, según los datos facilitados este miércoles por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el gasto farmacéutico descendió en un 8,67 por ciento al cierre de 2012, una bajada que fue inferior a la media registrada en el conjunto del país (12,26 por ciento) en doce meses.
La demanda de medicamentos ascendió a 1.665,55 millones de euros al finalizar 2012, lo que representa una caída en el acumulado del año del 8,67 por ciento. La demanda de medicamentos sólo disminuyó en menor medida en la comunidad del País Vasco, gobernada hasta el pasado mes de diciembre por el socialista Patxi López, donde cayó un 8,11 por ciento.
Desde la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta justifican la menor caída del gasto farmacéutico en Andalucía porque esta comunidad lleva más de diez años desarrollando «políticas de racionalización» del gasto como la prescripción por principio activo, medida en la que fue pionera y desde hace dos años han secundado otras comunidades. Por esta razón, puntualizan las mismas fuentes, «los datos están más estabilizados».
http://www.abcdesevilla.es/andalucia/20130130/sevi-farmacia-deuda-junta-201301301755.html